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Convocatoria Feder Innterconecta 2016

4 mayo, 2016LSSin categoríaNo hay comentarios

RESUMEN DE LA CONVOCATORIA

AMBITO GEOGRÁFIO: España.

ADMINISTRACIÓN: Ministerio de Economía y Competitividad.

TIPO DE AYUDA: Subvención.

PLAZO: Del 29 abril a 20 de junio de 2016.

RÉGIMEN DE SOLICITUD: Concurrencia competitiva.

SECTOR: Actividades de I+D empresariales.

SUBSECTOR: Empresas ubicadas en zonas menos desarrolladas y en transición.

 

DESCRIPCIÓN DE ACTUACIONES:

Las ayudas se enmarcan en el Programa Estatal de I+D+i Orientada a Retos de la Sociedad:

  • Salud, cambio demográfico y bienestar.
  • Seguridad y calidad alimentarias: actividad agraria productiva y sostenible, recursos naturales, investigación marina y marítima.
  • Energía, segura, eficiente y limpia.
  • Transporte inteligente, sostenible e integrado.
  • Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.
  • Cambios e innovaciones sociales.
  • Economía y sociedad digital.
  • Seguridad, protección y defensa.

 

OBJETO

Con estos proyectos se pretende estimular la cooperación estable en actividades de I+D entre empresas ubicadas en las principales regiones destinatarias del “Programa de Crecimiento Inteligente 2014-2020” desarrollando tecnologías novedosas en áreas de futuro con proyección económica y comercial a nivel internacional, suponiendo un avance tecnológico e industrial relevante para dichas regiones.

DESTINATARIOS

Serán entidades beneficiarias de las subvenciones las agrupaciones de personas jurídicas (empresas) que puedan llevar a cabo los proyectos objeto de ayuda.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTO

Solo se financiarán aquellos proyectos que sean desarrollados en el ámbito geográfico de las siguientes comunidades:

  • Andalucía.
  • Castilla-La Mancha.
  • Canarias.
  • Extremadura
  • Galicia.
  • Murcia.
  • Ceuta y Melilla.

a) De cuantía: El presupuesto mínimo financiable del proyecto será de 1.000.000 euros y máximo 4.000.000 €.

b) De duración: Los proyectos deberán ser plurianuales, parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016 y se deberá solicitar ayuda para este año. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales de forma que debe finalizar el 31 de diciembre de 2017 o el 31 de diciembre de 2018.

c) De participación: Las agrupaciones deberán constituidas como mínimo por dos empresas autónomas entre sí, de las cuales una debe ser una grande o mediana y otra ha de ser pequeña. La agrupación tendrá un máximo de seis empresas integrantes.

  • Ninguna debe tener más del 70% del presupuesto.
  • El representante de la agrupación tiene que ser una de las empresas grandes o medianas de la agrupación.
  • La empresa que asuma la representación de la agrupación recibirá la ayuda concedida y será responsable de su distribución entre los socios participantes.

FINANCIACIÓN

  • La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria para el periodo 2016-2018 es de 50.00.000 millones en concepto de subvenciones. Esta cuantía podrá ser incrementada con una cuantía adicional de hasta 25.000.000 millones cuando por circunstancias previstas, se produzca un aumento del crédito disponible antes de la concesión de las ayudas.

TIPO DE AYUDAS

  • Las ayudas serán en forma de subvención para las empresas. En concreto, la intensidad de las ayudas serán del 60% para las pequeñas, 50% para las medianas y 40% para las grandes empresas.

 GARANTÍAS

Las subvenciones no necesitarán la presentación de garantías para su concesión.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 29 de abril de 2016 y finalizará el día 20 de junio de 2016 a las 12:00 horas (hora peninsular).

PAGO

La resolución provisional de concesión se notificará a todos los representantes de la agrupación.

Los pagos se podrán solicitar por el representante de la agrupación de manera anticipada hasta el 75% de la subvención concedida para cada anualidad. La primera anualidad se anticipará de manera automática sin necesidad de solicitarlo tras la resolución de concesión definitiva.

Los sucesivos pagos quedarán condicionados a la presentación de la documentación de la justificación del proyecto pudiendo solicitarse igualmente el mismo adelanto anticipado.

Los pagos a las entidades participantes tanto de la primera anualidad como de las sucesivas estarán condicionados al cumplimiento de lo establecido por la Ley General de Subvenciones para este tipo de ayudas.

Desde Ei2 Global Consulting podemos ayudarles a gestionar propuestas y buscar posibles empresas interesadas en formar parte de agrupaciones, si las temáticas responden a los Retos Sociales fijados.

Para más información, consulten nuestra web,  www.ei2globalconsulting.com o mandénos un correo a proyectos@ei2globalconsulting.com

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