Hay determinadas empresas cuyas actividades de I+D+i generan un incentivo procedente de la cesión de un activo intangible (patentes, know how, etc) susceptible de beneficio fiscal.
Estas empresas que ceden estos activos los deben de haber creado, el cesionario debe utilizar los derechos de uso o explotación en el desarrollo de una actividad económica y debe existir entre ambos, un contrato de cesión que lo regule.
Este figura ha sido muy potenciada por la Unión Europea a fin de aumentar la acciones de I+D+i en las empresas privadas teniendo una serie de ventajas muy destacadas entre las que se encuentran las siguientes:
- Compatibilidad con otras ayudas y deducciones fiscales por I+D+i.
- Cualquier empresa puede aplicar el incentivo incluso en empresas de un mismo grupo.
- Minoración de la base imponible en un 60% con independencia de las bases imponibles de la compañía, las cuales hasta pueden ser negativas.
- Se aprovecha el incentivo con independencia de la fecha de creación del intangible.